LA ÉTICA EN LA FORMACIÓN DE UN LICENCIADO
EN CRIMINOLOGIA.
Un criminólogo tiene como su primer objetivo
lograr la prevención de manera muy profesional, apegándose a las leyes que
rigen los comportamientos, para coordinar una series de actitudes que en ocasiones
son irreversibles pero en base a su profesionalismo que lo forma la ética se
logran esos cambios y mucho más para un bien de la sociedad. Recuerden que la
ética forma al profesional y ofrece excelente calidad de vida.
Como todo profesionista existe un código
deontológico que se debe respetar, para así el conocimiento que se genere
gracias a las investigaciones, sea un aporte a la sociedad y a la comunidad
científica.
DEBERES GENERALES Los investigadores en Criminología
deben invertir sus esfuerzos en intentar alcanzar avances en el conocimiento
criminológico, utilizando instrumentos que no perturben su integridad
profesional. Además, deben estar atentos a la identificación de factores que
puedan interferir o limitar su integridad profesional. Ningún investigador en
Criminología deberá declararse experto en áreas criminológicas en los que no
esté especialmente cualificado. Con independencia de la opción académica,
política o de cualquier otra índole del investigador criminológico, éste debe
adoptar pautas de conductas respetuosas en todas sus relaciones profesionales
con instituciones y colegas.
DEBERES ESPECÍFICOS CON LA DISCIPLINA Los
investigadores deben promover el avance de los conocimientos de la disciplina
criminológica. También deben promover la investigación libre e independiente. A
tal fin los criminólogos deben evitar cualquier condición contractual que
restrinja su libertad o que condicionen unos resultados determinados. Es un
deber de los investigadores criminólogos contribuir a la máxima divulgación de
los conocimientos de esta disciplina, mostrando un escrupuloso respeto por la
protección de la libertad intelectual y profesional.
La Criminología es la ciencia cuyo objeto de estudio
es la etiología y la génesis de las conductas humanas, no aceptadas, por los
patrones de conductas en la sociedad. Estudiar el delito, como un fenómeno
social; con el fin de lograr una mejor comprensión del perfil del delincuente,
su personalidad y de las personas vinculadas a la criminalidad, las causas,
factores, que contribuyeron o facilitaron a generar las diversas conductas
delictivas, causando el efecto de una reacción social; lo cual permita una
acertada aplicación de una política criminal preventiva y de una forma general
enriquecer el conocimiento relacionado a éste fenómeno social recuerden siempre
tu ética profesional por delante.
El presente Código de ética del criminólogo
orientará la conducta del profesionista en sus relaciones con la ciudadanía,
las instituciones, la víctima, el sospechoso y consigo mismo, el cual será
aplicable en cualquier actividad profesional que este realice.
Entendemos por código de ética al conjunto de
principios, virtudes y reglas éticas que regulan y guían una actividad
profesional, así mismo como las normas que determinan los deberes mínimamente
exigibles a los profesionales en el desempeño.
ARTICULO 1º
El Criminólogo/a está destinado a servir como
conjunto de reglas de conducta profesional, en el ejercicio de la Criminología
en cualquiera de sus modalidades.
ARTICULO 2º
La actividad del Criminólogo se rige por los
principios de convivencia y de legalidad democráticamente establecidos en la
Constitución Española.
ARTICULO 3º
En el ejercicio del Criminólogo tendrá que tomar en
cuenta las normas sociales explícitas o implícitas del entorno en el que actúa,
valorando las consecuencias que la conformidad o desviación respecto a ellas
puedan tener en su quehacer profesional.
ARTICULO 5º
El ejercicio de la Criminología se ordena a una
finalidad social y humana, promoviendo el respeto a la vida, a la dignidad y a
la libertad de la persona humana, pudiéndose expresar en objetivos tales como:
el bienestar, la calidad de vida, la justicia, la igualdad, la seguridad, la
plenitud del desarrollo de las personas y los grupos tanto individual como
socialmente. Dado que estos objetivos no son exclusivos de la Criminología se
hace necesaria la permanente colaboración interdisciplinar con otros
profesionales, sin perjuicio de las competencias y saber de cada uno de ellos.
ARTICULO 6º
La profesión de Criminólogo/a se rige por el respeto
a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad,
honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación e
instrumentos y técnicas, competencia Profesional, solidez en sus intervenciones
profesionales.
ARTICULO 7º
El/a Criminólogo/a no realizará por sí mismo, ni
contribuirá a prácticas que atenten contra la libertad física, psíquica, moral
o ideológica de las personas. Todo Criminólogo/a tiene el deber de informar
acerca de violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de
reclusión crueles, inhumanas o degradantes de que sea objeto cualquier persona.
ARTICULO 8º
El/La Criminólogo/a respetará la libertad
ideológica, de valores e ideas personales de sus clientes, sin que impida su
cuestionamiento cuando sea necesario y pertinente en el curso de una
intervención. No hará ninguna discriminación de personas bajo ninguna razón.
ARTICULO 9º
El/La Criminólogo/a no aprovechará, para lucro o
beneficio propio o de terceros, la situación de poder o superioridad que el
ejercicio de la profesión pueda conferirle sobre los clientes.
ARTICULO 10º
Especialmente en sus informes, pericias y dictámenes
escritos el/la Criminólogo/a será sumamente cauto, prudente y crítico, frente a
nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminadoras,
del género de adaptado/inadaptado-desadaptado, normal/ anormal-desviado, delincuente
peligroso/nocivo.
Conclusión
Mediante la información que se obtuvo, podemos
concluir que la criminología no es una disciplina de la cual no valga la pena
estudiar, ya que es importante para la sociedad, desde sus diferentes campos de
estudio ayuda a la seguridad, a la prevención de los delitos y la ayuda
hacia las víctimas, por lo tanto es importante su estudio. La criminología
es de vital importancia para la vida en sociedad, dependemos de la eficacia de
nuestros cuerpos de seguridad para el bienestar colectivo. El grado en criminología
abarca ámbitos como: la justicia, la seguridad, la legislación actual, etc.
Los estudios de Criminología tienen como objetivo la
formación de profesionales especializados en temas relativos a la delincuencia
y seguridad ciudadana, tanto en su dimensión preventiva, como en aquellos otros
aspectos relativos al proceso después de que se ejecuta un delito y superación.
El campo profesional de un criminólogo es basto como se muestra en la
información, hay muchas alternativas en donde un criminólogo puede trabajar. Si
habrá limitantes y diferentes retos a los cuales el criminólogo se enfrenta al
momento de tratar un problemática que es tan diversa y cambiante, el cual es el
delito.
En cuanto al código que maneja un criminólogo, se
establece principios como la honestidad, el respeto, la solidez al momento de
hacer sus investigaciones y escritos, el procurar el cumplimiento y
preservación de los derechos humanos en cualquier ámbito de la sociedad, así
como también el tratar con respeto y confidencialidad a sus clientes y jamás
aprovechar sus situaciones para fines personales.
En referencia al artículo donde se muestra una
crítica errónea y muy poco fundamentada, se puede concluir de la información
expuesta en el artículo, que carece de solides y valides, por lo que su
investigación no es verídica ni se puede comprobar, por lo que rompe el código
por el cual se debe regir un verdadero criminólogo.
Referencia.
Luis Rodríguez Manzanera
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3064/24.pdf
-Universidad Autónoma de Querétaro. (2013). Licenciatura en Criminología. 2015, de Universidad Autónoma de Querétaro Sitio web: http://www.uaq.mx/index.php/oferta-educativa/programas-educativos/fd/81-oferta-educativa/programas/fd/180-licenciatura-en-criminologia
https://www.monografias.com/docs/Importancia-De-La-Criminologia-En-La-Formacion-Del-P34TCATPC8U2Y
(Noviembre del 2012). Código De Ética Del Criminólogo. ClubEnsayos.com. Recuperado el 4 de 12 del 2015, de https://www.clubensayos.com/Ciencia/Codigo-De-Etica-Del-Criminologo/447467.html
Aguilar Avilés, D.(Mayo de 2010). FUNDAMENTOS
GENERALES SOBRE CRIMINOLOGÍA Y CONTROL SOCIAL. Recuperado 04 de 12 del
2015 de http://www.eumed.net/rev/cccss/08/daa10.htm
http://crimigr2ensayo.blogspot.com/
Gonzalo. (22 de mayo de 2011). criminología
aplicación. Obtenido de
http://grado-criminologia.blogspot.mx/2011/05/campo-de-aplicacion-laboral.html
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